Cumplimiento

Trabajamos por la innovación y la competitividad.
Empresarios en una reunión cerrando un acuerdo con un apretón de manos, simbolizando confianza y compromiso. La imagen representa la importancia de contar con una Póliza de Cumplimiento para garantizar el respaldo y la seguridad en la ejecución de contratos empresariales.

Las Pólizas de Seguro de Cumplimiento garantiza los perjuicios que se causen por el incumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato, o la disposición legal adquirida por parte del tomador, garantizado o afianzado hasta el valor asegurado de la póliza.

Ofrecemos apoyo especializado de un equipo de ingeniería en el acompañamiento a nuestros clientes en las diferentes etapas del proyecto asegurado, desde la suscripción del riesgo hasta la resolución de reclamos.

Conforme a la Ley 130/94 Seguros Confianza S.A. no ofrece pólizas para respaldar la seriedad de la candidatura.

Coberturas y Características

Conozca las características con las que cuenta su seguro de Cumplimiento:
  • Seriedad de Oferta:
    Cubre a la entidad contratante en cuanto a la indemnización de los perjuicios causados por el incumplimiento de los ofrecimientos presentados por el interesado a participar en el proceso de selección, concurso o invitación.
  • Cumplimiento:
    Protege a la entidad contratante frente a los perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones del contratista en el contrato garantizado.
  • Anticipo:
    Cubre a la entidad contratante contra los perjuicios sufridos por el uso o apropiación indebida de los dineros otorgados al contratista para la ejecución del contrato.
  • Pago Anticipado:
    Protege a la entidad contratante frente a los perjuicios derivados del no reintegro del saldo a cargo del contratista.
  • Pago salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales:
    Cubre a la entidad contratante frente a los perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones laborales de los trabajadores del contratista para la ejecución del contrato amparado.
  • Estabilidad y calidad de obra:
    Protege a la entidad contratante sobre los perjuicios provenientes de los deterioros de la obra, siempre y cuando estos sean atribuibles al contratista.
  • Calidad del servicio:
    Ampara los perjuicios ocasionados por el contratista derivados de la mala calidad del servicio prestado.
  • Calidad y correcto funcionamiento de los bienes:
    Ampara los perjuicios causados por el contratista derivados de deficiencias técnicas en el funcionamiento de los equipos suministrados o instalados.
  • Toda modificación al contrato debe ser notificada a la compañía de seguros para su evaluación.
  • Este documento deber ser legalizado por las partes y establecer las nuevas condiciones y/o cambios del contrato inicial.
  • Las modificaciones tendrán costo proporcional a las características del riesgo presentado.
  • Causa extraña, fuerza mayor o caso fortuito, acción de un tercero o culpa atribuida a uso incorrecto por parte de la entidad que contrata.
  • Daños causados por el tomador a los bienes de la entidad que no están dentro del contrato.
  • Uso indebido o falta de mantenimiento preventivo por parte de la entidad que contrata.
  • El deterioro normal que sufran los bienes entregados con ocasión del contrato garantizado como consecuencia del transcurso del tiempo.
Haz clic aquí para consultar el clausulado del producto y conocer todas sus coberturas y características.

¿Por qué Seguros Confianza?

45 años en la industria de seguros para el sector de la infraestructura.

Somos una empresa Swiss Re Corporate Solutions.

Contamos con la calificación Global "Baa2 perspectiva Estable" de Fortaleza Financiera de seguros (IFS) otorgada por Moody's.

Más información aquí

Participamos y apoyamos proyectos para el desarrollo del país tales como:

Túneles Cortos Segunda calzada Tolima – proyecto “Cruce de la cordillera central”.

Construcción del Proyecto Túnel del Toyo y sus vías de acceso.

Respaldamos

12

Proyectos de concesiones de cuarta generación.

Preguntas frecuentes

Asesoría y acompañamiento

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¿Qué hacer en caso de Siniestro?

En caso de sufrir de algún siniestro, dentro del término establecido en el artículo 1075 del Código de Comercio, durante los tres (3) días siguientes a la fecha en que el asegurado haya conocido o debido conocer el siniestro o en el establecido en la póliza, usted podrá utilizar los siguientes canales:

  • Correo electrónico siniestros@confianza.com.co.
  • Radicando su comunicación física en nuestra oficina principal ubicada en la Calle 82 No. 11 - 37, piso 7.
  • En cualquiera de nuestras sucursales físicas a nivel nacional.
  • Telefónicamente en la línea 601 742 4040.
  • A través de su intermediario o asesor de seguros, en caso de contar con él.
Asesora de seguros de Seguros Confianza brindando orientación sobre los pasos a seguir en caso de un siniestro. La imagen representa el respaldo y la asesoría especializada que la empresa ofrece a sus clientes en momentos críticos.