Queremos estar a tu lado cuando más nos necesitas. Conoce cómo presentar tu reclamación y los aspectos más importantes a tener en cuenta

Reporte de siniestro

1. Ruta de atención

1. Reporta el siniestro

Informa el evento por cualquiera de nuestros canales

2. Acusamos recibo

Recibimos tu solicitud y asignamos un analista

3. Revisamos la Cobertura

Validamos la información y analizamos cobertura

4. Solicitud de documentación

Si es necesario, solicitamos información adicional

5. Análisis del caso

Procesamos la información de conformidad con las condiciones de la póliza

6. Definimos la reclamación

Te comunicamos la decisión de manera clara y oportuna

7. Pago / Cierre

Si la reclamación es procedente, te informamos la documentación para el pago

2. Información Importante

¿Cuánto tiempo tienes para dar aviso de siniestro?

Avisa tu siniestro dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha en que lo conociste, salvo que la póliza establezca un plazo más amplio.

¿Cómo presentar una reclamación?

Para analizar tu reclamación necesitamos información que permita acreditar la ocurrencia del siniestro y, cuando aplique, la cuantía de la pérdida. Según el tipo de seguro, podremos solicitar documentos adicionales para completar el análisis.

¿Cuándo se realiza el pago?

Una vez se encuentre acreditado el derecho a la indemnización, realizaremos el pago dentro del mes siguiente. Si el pago no se efectúa dentro de ese plazo, el asegurado o beneficiario tendrá derecho al reconocimiento de los intereses moratorios correspondientes.

3. Canales de atención

Correo electrónico

siniestros@confianza.com.co

Línea de atención

601 742 4040

Oficinas

A nivel nacional.

Intermediario

A través de su intermediario o asesor de seguros

Lo que debes saber sobre tu aviso de siniestro

Estos conceptos pueden influir en la forma en que se analiza y paga tu reclamación. Conócelos para entender mejor tus derechos y el alcance de tu seguro.

¿Qué significa?

El coaseguro es una modalidad del contrato de seguro en la que dos o más aseguradoras, con conocimiento y aceptación del tomador, distribuyen horizontalmente y a prorrata la cobertura de un mismo riesgo, asumiendo cada aseguradora una obligación autónoma frente al asegurado y respondiendo únicamente hasta el porcentaje de participación convenido, sin solidaridad entre ellas.

¿Cómo se determina?

La forma de determinar el valor de la indemnización varía según el producto contratado. Las reglas aplicables a cada seguro se encuentran descritas en las condiciones generales y particulares de la póliza. En los seguros de daños, la indemnización tiene como finalidad reparar la pérdida efectivamente sufrida, sin generar enriquecimiento para el asegurado o beneficiario. Por regla general, su valor se establece teniendo en cuenta los siguientes límites:

Valor real del interés asegurado

En los seguros reales —aquellos que protegen bienes específicos—, la indemnización no puede exceder el valor real del interés asegurado al momento del siniestro, salvo que la póliza contemple modalidades especiales, como el valor de reposición o reemplazo.

Monto efectivo del perjuicio patrimonial

En los seguros patrimoniales —aquellos que protegen el patrimonio del asegurado frente a pérdidas económicas causadas por un siniestro cubierto—, la indemnización corresponde al valor del perjuicio económico efectivamente sufrido y acreditado por el asegurado o beneficiario, de acuerdo con los límites y condiciones establecidos en la póliza.

Suma asegurada

Es el límite máximo de responsabilidad de la aseguradora para la cobertura afectada. El artículo 1079 del Código de Comercio establece que la aseguradora no está obligada a responder más allá de la suma asegurada.


¡Importante!

El valor final de la indemnización se establecerá después de verificar la ocurrencia del siniestro, la cobertura aplicable y la cuantía de la pérdida. También se tendrán en cuenta los límites, deducibles, porcentajes de participación, infraseguro, exclusiones y demás condiciones previstas en la póliza que resulten aplicables.

¿Qué significa?

Cuando Seguros Confianza S.A. paga una indemnización, ocupa por ministerio de la ley y hasta el monto efectivamente pagado, el lugar del asegurado para ejercer los derechos y acciones que este tenga contra las personas responsables del siniestro. De esta manera, la Aseguradora puede solicitar al responsable el reembolso de las sumas indemnizadas, sin afectar el derecho del asegurado a reclamar directamente los valores que no hayan sido cubiertos por el seguro, cuando corresponda.

¿Qué significa?

La transmisión del interés asegurado ocurre cuando cambia la persona titular de la relación económica protegida por el seguro, como consecuencia de la transferencia del bien, derecho o interés al cual se encuentra vinculada la cobertura. Sus efectos sobre el contrato dependen de la forma en que se produzca la transmisión:

Por causa de muerte: el contrato de seguro continúa a nombre de quien adquiere el interés asegurado, siempre que se informe oportunamente a la aseguradora y se cumplan los requisitos establecidos en la ley y en la póliza.

Por acto entre vivos, como una compraventa o donación: por regla general, el contrato de seguro se extingue automáticamente, salvo que el asegurado conserve un interés asegurable o que la aseguradora haya consentido expresamente la continuidad del seguro. Por esta razón, cualquier cambio en la titularidad del bien o interés asegurado debe informarse oportunamente a Seguros Confianza S.A. para determinar los efectos sobre la cobertura, de acuerdo con la ley y las condiciones de la póliza.

¡Importante!

Estas definiciones son de carácter general. Podrás encontrar las condiciones específicas y su alcance en las condiciones generales y particulares de tu póliza.

Documentación recomendada para presentar tu aviso de siniestro

La documentación puede variar según el tipo de seguro y las características del siniestro. Los documentos relacionados a continuación son orientativos y buscan facilitar la radicación de tu reclamación.

Documentación orientativa para la reclamación

  • Carta de reclamación con una relación de los bienes afectados con el siniestro, señalando el valor de la pérdida
  • Facturas históricas o soportes contables que demuestren la cuantía de la pérdida
  • Informe técnico de firma especializada indicando las causas y el alcance de los daños presentados en los bienes asegurados
  • Bitácoras de mantenimiento, de resultar procedente
  • Cotizaciones de reparación o reposición de los bienes afectados
  • Informe de las autoridades competentes que atendieron el evento que generó el siniestro, de ser procedente
  • Copia de la denuncia penal si la reclamación está relacionada con un acto delictivo
  • Fotografías que evidencien los daños materiales
  • Otros documentos que, de acuerdo con las características y la complejidad del caso, resulten necesarios para acreditar la ocurrencia del siniestro y el valor de la pérdida

Documentación orientativa para la reclamación

En líneas generales, se deberán allegar los documentos que demuestren:

  • El incumplimiento del contrato
  • La imputabilidad de dicho incumplimiento al tomador/garantizado
  • Los perjuicios sufridos

Recibida la documentación se efectuará el estudio y se requerirá al tomador/garantizado con el propósito de establecer las causas que deben considerarse y la imputabilidad.

Documentación orientativa para la reclamación

  • Comunicación del Asegurado en la que informen circunstancias de tiempo, modo y lugar que rodearon el evento
  • Carta de reclamación del tercero dirigida al asegurado, de haberla presentado
  • Informes de las autoridades competentes que atendieron el evento, de existir
  • En caso de daños materiales, facturas de compraventa de los bienes afectados o documentos que acrediten la propiedad de los mismos, diagnóstico técnico sobre causa de daños y posibilidad de reparación, y dos cotizaciones o presupuestos de reparación o reposición
  • En caso de muerte y lesiones personales, historia clínica de los terceros afectados, copia del registro civil de defunción del afectado o Dictamen de Pérdida de Capacidad Laboral expedido por entidad competente (de ser procedente)
  • Registros civiles de nacimiento o de matrimonio, u otros documentos idóneos, que demuestren la legitimación en la causa de los reclamantes
  • Para el amparo de Responsabilidad Civil Patronal, FURAT (Reporte de Presunto Accidente de Trabajo), informe de investigación del accidente de trabajo, Dictamen de Pérdida de Capacidad Laboral expedido por entidad competente (de ser procedente), contrato de trabajo del afectado, últimos 3 comprobantes de pago de nómina y de aportes a salud y pensiones, y documentos que acrediten el pago de prestaciones al afectado o sus familiares por parte del Sistema de Seguridad Social
  • Para el amparo de Gastos Médicos, original de las facturas por concepto de atención médica y medicamentos
  • Para el amparo de Vehículos Propios y No Propios, Informe Policial de Accidentes de Tránsito (IPAT), documentos que acrediten la propiedad del vehículo a cargo del Asegurado y póliza todo riesgo del vehículo causante del accidente
  • Para el amparo de Gastos de Defensa Judicial, hoja de vida o brochure del abogado o firma que representará al Asegurado, y cotización o propuesta de honorarios para aprobación previa por parte de Seguros Confianza
  • Otros documentos que, de acuerdo con las características y la complejidad del caso, resulten necesarios para acreditar la ocurrencia del siniestro y el valor de la pérdida

Documentación orientativa para la reclamación

  • Carta de reclamación de la indemnización precisando los procesos constructivos o de montaje que dieron lugar a la pérdida y/o que resultaron afectados
  • Copia de los apartes de la bitácora en donde se haya documentado el evento
  • Presupuestos o cotizaciones para reconstrucción, reparación o reemplazo de los bienes asegurados
  • Comprobantes de pago y facturas de los gastos en que haya incurrido el Asegurado con ocasión del siniestro
  • Informes de las autoridades competentes que atendieron la situación que ocasionó los daños o las pérdidas materiales
  • Copia de la denuncia penal si la reclamación está relacionada con un acto delictivo
  • Fotografías que evidencien los daños materiales
  • Otros documentos que, de acuerdo con las características y la complejidad del caso, resulten necesarios para acreditar la ocurrencia del siniestro y el valor de la pérdida

Documentación orientativa para la reclamación

  • Copia de la cédula del asegurado
  • Registro Civil de Defunción (para Fallecimiento)
  • Historia clínica completa del asegurado, incluyendo resultados histopatológicos (cuando aplique)
  • Acta de levantamiento de cadáver (en caso de muerte accidental)
  • Resultado de prueba de alcoholemia y psicofármacos
  • Informe de autoridades si se trata de accidente de tránsito
  • Protocolo de necropsia (en caso de muerte accidental)
  • Documentos que prueben la condición de beneficiarios, tales como:
    • Registro Civil de Nacimiento
    • Registro Civil de Defunción (si un beneficiario falleció)
    • Registro Civil de Matrimonio
    • Declaración extrajuicio cuando no hay designación de beneficiarios: declaración que debe hacer una persona ajena a la familia, indicando al momento del fallecimiento el estado civil, número de hijos matrimoniales y/o extramatrimoniales o adoptivos.
  • En caso de auxilios, los definidos en las condiciones particulares de la póliza
  • Otros documentos que, de acuerdo con las características y la complejidad del caso, resulten necesarios para acreditar la ocurrencia del siniestro y el valor de la pérdida

Documentación orientativa para la reclamación

  • Carta de reclamación de la indemnización
  • Factura de compraventa de la mercancía asegurada
  • Certificado de valor - costo expedido por el Revisor Fiscal, y de no tenerlo, por un Contador Público
  • Lista de empaque
  • Conocimiento de embarque o B/L, guía aérea, carta de porte, remesa, manifiesto de carga, según el medio de transporte
  • Declaración de importación o exportación
  • Soportes de pago de fletes
  • Carta de reclamo al transportador responsable y su respuesta
  • Certificado sobre recibo y entrega de las mercancías expedido por el transportador, almacenador o por las autoridades portuarias o aduaneras, según el caso
  • Protesta del capitán en caso de accidente marítimo, o informe de la autoridad correspondiente en caso de accidente en el interior
  • Documentos de entrada y salida de la mercancía a almacenes y bodegas generales de depósito
  • Copia de la denuncia penal si la reclamación está relacionada con un acto delictivo
  • Fotografías que evidencien los daños materiales
  • Otros documentos que, de acuerdo con las características y la complejidad del caso, resulten necesarios para acreditar la ocurrencia del siniestro y el valor de la pérdida

¡Importante!

Esta información es orientativa. Dependiendo de las características del caso, podremos solicitar información adicional.